Tu hipoteca lleva tres años exactamente igual y tú también. Mismo diferencial, mismo seguro que te colaron el día de la firma, la misma sensación de que podrías estar pagando menos si alguien se sentara a hablarlo con el banco. Pues alguien tiene que sentarse: tú. Y aquí va la parte que casi nadie te cuenta en la oficina: no hace falta cambiarte de entidad para conseguirlo.
La otra mudanza: quedarte donde estás pero cambiar las reglas
Cuando hablamos de subrogación hablamos de llevarte la hipoteca entera a otro banco. La novación es distinta: le pides al tuyo que modifique el contrato tal cual está, sin moverlo de sitio. Bajar el diferencial, pasar de variable a fija o a mixta, alargar o acortar el plazo, quitar ese seguro de vida que te ataron a la firma y que ya no necesitas. Sigue siendo el mismo préstamo, el mismo notario de siempre si quieres, y no hay certificado de deuda ni contraoferta con relojes legales de por medio como en la subrogación externa.
Está amparada por la Ley 2/1994, la misma que regula la subrogación, y actualizada por la Ley 5/2019 de contratos de crédito inmobiliario. O sea, no es un favor que te hace el director de tu sucursal. Es un derecho con reglas escritas, y esas reglas incluyen cuánto te pueden cobrar por decir que sí.
Lo que te pueden cobrar por firmar el cambio
Aquí es donde conviene llevar los números apuntados antes de sentarte:
| Qué tocas | Tope legal |
|---|---|
| Alargar o acortar el plazo | 0,1% del capital pendiente |
| Cambiar el tipo de interés, dentro de los 3 primeros años del préstamo | 0,15% del capital pendiente |
| Cambiar el tipo de interés, a partir del 4º año | 0% |
| Pasar de variable a fija con un banco adherido a las ayudas del Gobierno | 0,05% los 3 primeros años, 0% después |
Esa última fila viene del Real Decreto-ley 19/2022, pensado en su día para aliviar la subida del euríbor y que se quedó con carácter permanente. Si tu banco está adherido (pregúntalo, no lo des por hecho), pasar tu variable a fija por esta vía puede salirte casi de saldo.
Como en la subrogación, esos porcentajes marcan el máximo que te pueden cobrar. Si tu escritura pactó menos, o nada, manda lo que firmaste. Y desde la Ley 5/2019 los gastos de notaría, registro y gestoría de la novación los paga el banco. A ti solo te toca la tasación, si la piden, y la comisión pactada.
Hay un detalle fiscal que se salta mucha gente: si lo único que cambias es el tipo de interés y/o el plazo, la escritura está exenta del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados por el artículo 9 de la Ley 2/1994. Pero si en la misma firma cuelas otras cláusulas (ampliar capital, tocar garantías, meter o quitar un titular), esa parte ya no entra en la exención y puede tributar aparte. Pregunta exactamente qué va a decir la escritura antes de firmarla, no después.
Por qué tu banco dice que no, hasta que dice que sí
Aquí no hay ningún truco mágico, solo un dato de comportamiento: al banco le compensa que sigas pagando en piloto automático mucho más que perder margen contigo. Así que la primera respuesta suele ser un "vamos a estudiarlo" que se traduce en nada.
Lo que mueve la aguja es la amenaza real, no la queja. Pide una simulación a otro banco (la FEIN, con condiciones vinculantes) aunque no tengas ninguna intención de moverte. Llévala en la mano cuando hables con el tuyo. Un banco que sabe que puedes irte de verdad reacciona distinto al que solo te oye protestar por teléfono. Si además llevas años de historial limpio y te queda bastante capital pendiente, tienes más palanca de la que crees: eres un cliente caro de perder.
Un par de cosas que conviene comparar con calculadora en mano, no de memoria: el tipo nuevo frente al actual en TAE (no en tipo nominal a secas, que ahí se esconden seguros y comisiones), y qué pasa con las vinculaciones. Si para bajarte el diferencial el banco te pide contratar un seguro de hogar carísimo o domiciliar una tarjeta que no vas a usar, haz la cuenta completa antes de decir que sí. A veces la rebaja del papel se come por otro lado.
Cuándo la novación se te queda corta
No todo se arregla renegociando con el mismo banco. Si lo que quieres es dinero extra sobre lo que ya debes, o el trámite que necesitas implica más papeleo del que una simple modificación de condiciones cubre, puede que la novación no llegue. Y si tu banco se planta en un "no" después de ver la oferta de la competencia en la mesa, ahí es cuando la subrogación externa, con sus plazos legales de 15 días y su obligación de responder, se convierte en la herramienta que de verdad te obliga a moverse de un lado o del otro.
Pero para el caso más común (bajar un poco el tipo, quitarte un seguro molesto, ajustar el plazo a tu vida real) la novación suele ser el camino más corto. Menos papeleo, mismo notario, y una llamada que puede que lleves posponiendo desde hace demasiado tiempo.