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Encuentras el piso, el vendedor tiene prisa, tú también, y en dos tardes ya estás firmando un contrato de arras con 6.000 o 9.000 euros de por medio. Suena a trámite menor comparado con la hipoteca. No lo es: si luego el banco te dice que no, el papel que firmaste ese día decide si te vas de vacío o si encima pierdes el dinero que ya adelantaste.

El pacto que parece sencillo y esconde letra

La mayoría de arras en España son penitenciales, amparadas en el artículo 1454 del Código Civil. La idea es simple: cualquiera de las dos partes puede echarse atrás, pero con un precio pactado de antemano. Si el comprador se arrepiente, pierde la señal. Si es el vendedor quien se baja del carro, tiene que devolverla duplicada.

Hasta aquí todo claro. El problema aparece cuando no te arrepientes de nada, simplemente el banco no te concede el préstamo. Ahí mucha gente da por hecho que, como no ha sido "culpa suya", recuperará el dinero sin más. Y no es así por defecto.

Por qué la denegación del banco no te libera sola

La ley no dice en ningún sitio que conseguir la hipoteca sea responsabilidad del vendedor. Es cosa tuya. Si llegas a la fecha pactada para firmar y no tienes el dinero, has incumplido el contrato igual que si simplemente te hubieras arrepentido de comprar. El vendedor puede quedarse con la señal completa, y en más de un caso se la queda con razón, porque el contrato no decía otra cosa.

Esto pilla a mucha gente con la guardia bajada. Dan por hecho que "salvo financiación" ya les cubre. Esa frase suelta, sin más detalle, vale poco en un juzgado. Lo que de verdad protege es una cláusula redactada con cuidado, no una coletilla de cuatro palabras metida con prisa.

La cláusula que sí hace su trabajo

Para que la falta de hipoteca tenga efecto liberatorio de verdad, conviene pactar una condición suspensiva de financiación con al menos estos tres elementos:

El importe mínimo de préstamo necesario para que la operación salga adelante. Si pides 150.000 euros y el banco te ofrece 120.000, quieres que eso cuente como denegación, no como una victoria a medias que te obliga a seguir.

El plazo del que dispones para conseguirlo, encajado con los tiempos reales de un estudio hipotecario (de esto hablamos abajo).

Qué documento sirve como prueba de la denegación. Normalmente una carta o correo del banco rechazando la operación, no una llamada de teléfono de la que no queda rastro.

Con esos tres puntos pactados y por escrito, si el banco te dice que no y lo acreditas dentro de plazo, la señal se devuelve íntegra. Sin ellos, estás jugando a cara o cruz con el humor del vendedor.

Los tiempos: donde más gente se equivoca

Aquí está el fallo que veo repetirse: se firma un contrato de arras con cuatro semanas de plazo para la firma final, pensando que es de sobra, y luego los números no cuadran.

Desde que entregas la documentación hasta que el banco emite la FEIN (la oferta vinculante con las condiciones reales) suelen pasar entre dos y seis semanas, según la entidad y lo completo que esté tu expediente. Y desde que recibes esa FEIN hasta la firma ante notario, la ley obliga a un mínimo de 10 días naturales de reflexión (14 si compras en Cataluña), que no se pueden recortar aunque tengas prisa.

Suma ambos tramos y entenderás por qué un plazo de arras de 4 a 8 semanas suele quedarse corto si la hipoteca aún no está aprobada en el momento de firmar. El margen razonable, sobre todo si vas con un estudio previo pero sin oferta cerrada, ronda más bien los 2 o 3 meses. Pactar menos tiempo del que necesita el banco para resolver no protege a nadie, solo traslada la presión a ti.

Trucos antes de poner la firma

Pide un estudio o preaprobación antes de firmar las arras, no después. Llegar con una cifra aproximada de lo que el banco está dispuesto a prestarte cambia toda la negociación con el vendedor sobre plazos e importe de la señal.

No aceptes un "salvo hipoteca" verbal como si fuera suficiente. Pide que la cláusula de financiación quede redactada en el contrato, con importe, plazo y forma de acreditar la denegación. Si el que redacta las arras es la inmobiliaria del vendedor, revísala tú o que la mire alguien de tu lado antes de firmar.

Guarda cualquier comunicación del banco por escrito desde el primer día. Si al final hace falta acreditar la denegación, una captura del email vale mucho más que acordarte de la conversación.

Y si el vendedor presiona para acortar el plazo porque "total, es un trámite", recuérdale que un plazo demasiado corto también le perjudica a él: si la hipoteca no llega a tiempo por pura prisa, es su casa la que vuelve a quedar libre y sin comprador.

Firmar arras no debería ser el momento de confiar en que todo saldrá bien. Es el momento de dejarlo por escrito para que, si algo no sale bien, no sea tu bolsillo el que pague la diferencia.

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