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Te imaginas la firma de la hipoteca como un solo trámite: entras, firmas, sales con las llaves. En realidad son dos citas distintas, en días distintos, y si no sabes que la primera existe puedes acabar pensando que el notario te está haciendo perder el tiempo. No es así. Esa primera cita es tuya, es gratis, y está pensada justo para que no firmes algo que no entiendes.

La cita que casi nadie espera: el acta previa

Desde 2019, antes de que puedas firmar la hipoteca tienes que pasar por el notario para algo que se llama acta notarial previa (o acta de transparencia). Es obligatoria, no la puedes saltar, y no cuesta nada: la paga el banco.

¿Para qué sirve? El notario repasa contigo la FEIN y la FIAE (los papeles con las condiciones que ya te mandó el banco) y comprueba dos cosas: que los recibiste con margen suficiente y que entiendes lo que dicen. Te puede preguntar por el tipo de interés, si es fijo o variable, qué pasa si dejas de pagar, cuánto sube la cuota si sube el euríbor. No es un examen para suspenderte la hipoteca, es la manera que tiene la ley de asegurarse de que nadie firma a ciegas, algo que antes de 2019 pasaba más de lo que gustaría reconocer.

Puedes ir al notario que quieras, no tiene por qué ser el que proponga el banco. Y puedes llevar preguntas: para eso está la cita.

Por qué hay que esperar diez días

Entre que aceptas la FEIN y firmas la hipoteca tienen que pasar al menos diez días naturales. En Cataluña y Baleares son catorce. Ese plazo no empieza el día que el banco genera el documento, empieza cuando tú firmas (a mano o de forma electrónica) que lo has recibido. Si el banco te manda la FEIN un lunes y tú la firmas el miércoles, la cuenta arranca el miércoles, no el lunes.

Es un margen pensado para que puedas comparar con otro banco, preguntar a alguien que entienda del tema o simplemente releer las condiciones con calma, sin la presión de la fecha de entrega del piso respirándote en la nuca. La firma de la hipoteca en sí no puede hacerse antes de que se cumplan esos diez días desde el acta previa.

El día D: la firma de verdad

Con el acta previa ya hecha y el plazo cumplido, llega la firma de la escritura pública. Aquí sí que se mueve dinero: se formaliza el préstamo y, si compras, también la compraventa.

Cosas que tienes derecho a exigir ese día:

Que te lean o te dejen leer la escritura completa antes de firmar, no un resumen. Si algo no coincide con lo que decía la FEIN, se para y se aclara ahí mismo, no se firma "ya lo miramos después".

Llevar tu propio gestor si quieres, aunque el banco te ofrezca el suyo. No estás obligado a usar la gestoría que te proponen.

Una copia de todo lo que firmas, en papel o en digital. Es tuya, la vas a necesitar más de una vez (para la declaración de la renta, para reclamar algo, para cuando la pidas al pedir otro crédito).

Quién paga qué el día de la firma

Desde la ley de crédito inmobiliario de 2019 el reparto cambió bastante a tu favor. El banco paga la notaría de la escritura de préstamo, el registro de la propiedad y la gestoría. También el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, que antes pagaba el cliente y ahora asume la entidad.

A ti, en general, solo te queda la tasación de la vivienda (algo así entre 250 y 450 euros según el importe y la tasadora) y, si pides copias adicionales de la escritura para tus archivos, el coste de esas copias extra. Si además compras vivienda, ahí sí hay gastos que son tuyos porque son de la compraventa y no de la hipoteca: el ITP o el IVA según el caso, el notario de la escritura de compraventa (si es distinta de la de hipoteca) y el registro de esa compraventa.

Trucos para que la firma no se convierta en un mal rato

Pide la minuta de la escritura unos días antes si puedes, no la leas por primera vez sentado delante del notario con el vendedor esperando.

Compara cifra por cifra con la FEIN: el tipo, las comisiones, las vinculaciones (seguro, nómina, tarjeta). Si algo cambió entre la oferta y la escritura sin explicación, pregunta antes de coger el bolígrafo.

Si vas a subrogar la hipoteca del promotor o cambiar algo de última hora, dilo con antelación al notario y al banco. El día de la firma no es el momento de improvisar cambios.

Y si algo no te cuadra ni en el acta previa ni en la firma, puedes parar. No hay ninguna ley que te obligue a firmar solo porque ya has llegado hasta la notaría con la mudanza contratada para el mes que viene.

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